Micelio
Auto27 de julio de 2022

A- de 2022

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante De Oficio Procesado Mattos Barrero Edward Heriberto·Demandado Mattos Barrero Edward Heriberto

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones Por El Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo-La Jurisdicción Especial Para La Paz No Emitió Ningún Pronunciamiento En El Que Reclamara Su Competencia Jurisdiccional Para Conocer Proceso Penal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicción suscitado por el Juzgado Once Penal del Circuito Especializado de Bogotá.

Este asunto tuvo su origen en un proceso penal seguido en contra de un ciudadano por el delito de homicidio agravado de un dirigente sindical.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte constató que no se satisfizo el primero, pues no se acredita controversia alguna entre autoridades judiciales.

La “la colisión de competencias” fue promovida por la defensa del acusado, sin que la Sala evidencie que a la fecha exista un pronunciamiento de la jurisdicción especial para la paz en el que señale claramente su competencia para conocer de la causa penal referenciada.

En razón a lo anterior, la Sala Plena declaró la inhibición respectiva por incumplimiento del presupuesto subjetivo y devolvió el proceso al despacho remitente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, por incumplimiento del presupuesto subjetivo.
  2. Segundo. REMITIRLE el expediente CJU-2185 al Juzgado Once del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados dentro del proceso penal.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.